Convenio en Materia de Asistencia Sanitaria

Pueden suscribir un Convenio especial en materia de Asistencia Sanitaria con la Seguridad Social española los trabajadores españoles retornados que, después de haber desarrollado su actividad laboral en el extranjero, no tuvieran derecho a las prestaciones de asistencia sanitaria por parte de ninguno de los países; igualmente, los familiares de éstos que estuvieran a su cargo, en el momento de su fallecimiento.

Por otro lado, los emigrantes titulares de una pensión o que hayan sido beneficiarios de rentas o cantidades a tanto alzado sustitutivas de dicha pensión a cargo de la Seguridad Social de países con los que no exista convenio en materia de asistencia sanitaria, si al trasladar su residencia a España no tienen cubierta dicha prestación, podrán suscribir esta modalidad de Convenio, para ser beneficiarios de la misma. La cobertura sanitaria se hará extensiva a los familiares que vivan a expensas del titular y no tengan derecho por otro título a las prestaciones de asistencia sanitaria.

Finalmente, tienen opción a suscribirlo los pensionistas de la Seguridad Social Suiza que residan en España.

Documentación y Lugar de Presentación

 

Para suscribir el Convenio se ha de presentar la siguiente documentación:

  • Modelo oficial de la solicitud
  • Documento que acredite la percepción de la pensión de la Seguridad Social del otro país, debiendo abonarse mensualmente por el interesado la cuota fijada al efecto.
  • En caso de que el interesado tenga familiares a su cargo, deberá unirse la documentación acreditativa correspondiente.

La solicitud del Convenio podrá ser formulada por el interesado en cualquier momento posterior a la fecha de retorno o al traslado de su residencia a España ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social del lugar de residencia.