Hace unos años cuando me compre una casa con terraza decidí poner un toldo. Ahora bien, nunca sabía que había que cumplir una serie de requisitos con la comunidad de vecinos. Por eso, para que no te pase como a mí, te voy a contar una serie de consejos que tienes que tener en cuenta si un día decides poner un toldo en tu casa. Es un eterno conflicto porque siempre habrá vecinos que estén en contra y otros a favor.
Para no crear tanta intriga, la respuesta a si puedes poner un toldo en tu casa, es sí. Ahora bien, tanto para los cerramientos de terrazas y balcones como para la instalación de toldos en las fachadas hay que tener en cuenta la opinión del resto de propietarios. Es la forma más sencilla de evitar conflictos a posteriori con la comunidad o de que incluso nos obliguen a retirarlo.
Los estatutos
Todos los requisitos están en los Estatutos de la comunidad o del Reglamento de Régimen Interior correspondiente. Vas a necesitar el consentimiento de la comunidad y para ello se tiene que materializar en el voto favorable de una mayoría de 3/5 partes. Una cantidad que es fácil de conseguir. Date cuenta de que instalar un toldo redunda en un cambio en la estética del edificio, de ahí que el tema a debatir se incluirá en el orden del día de una junta de propietarios. Así lo recoge la Ley de Propiedad Horizontal.
El artículo 7 de la LPH dispone que “1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la Comunidad. En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador”.
De esta manera, la alteración de los elementos pertenecientes a la fachada del edificio en la que uno de los vecinos pretende la colocación de los toldos, requiere el consentimiento unánime de la Comunidad, salvo que dicho acuerdo ya se haya adoptado anteriormente o venga establecido en los Estatutos de la Comunidad.
El día que lo lleves a la reunión también tendrás que debatir sobre el modelo, el color y las dimensiones del toldo. En este caso, sólo se necesita la aprobación por mayoría simple. El objetivo es garantizar que las fachadas de los edificios mantienen una estética uniforme y respetuosa con el entorno. Si es así, no vas a tener problemas. De hecho, si colocas un toldo sin el correspondiente permiso te arriesgas a que la comunidad te obligue a quitarlo. En mi caso no fue así, pero me contaron que a otros vecinos si les había pasado así.
Recuerdo que cuando yo lo lleve a la reunión de vecinos tuve que convencerles de que no iba a alterar para nada la convivencia. No fue fácil, pero en cuanto tuve el sí de los vecinos, llame a a la empresa Rolltec para que me pusiera un toldo en la terraza. Estaba fabricado a medida, de modo que quedé satisfecho plenamente. Un acierto que aunque me costó lo mío, mereció la pena.
Vía judicial
Ahora bien, sabemos que cada comunidad de vecino es un mundo, por eso si la comunidad no te deja colocar el toldo y tú discrepas con esa decisión, siempre puedes decidir que vas a recurrir a la vía judicial. También recuerda que a veces necesitarás además el permiso del ayuntamiento en el caso de que la instalación del toldo contravenga la normativa municipal. Como puedes ver no es nada fácil poner un toldo, ahora bien, cuando lo tengas puesto y veas que puedes evitar el sol del verano, o que el vecino cotilla de enfrente te vea, te darás cuenta de que la ocasión ha merecido la pena.
Otra cosa es si decides instalar un cerramiento. Esta cuestión es más complicada. Los Tribunales, por criterio común, tienden a exigir un acuerdo por mayoría de 3/5 partes de los propietarios para el cerramiento de terrazas y balcones, ya que se considera una alteración del estado exterior del edificio.