El asombroso mundo de montar un negocio en una comunidad de vecinos

Montar un negocio es, sin duda alguna, un proceso de gran complejidad y que se compone de bastantes trámites. Una de las dudas más habituales es saber si se puede montar un negocio en la comunidad de vecinos. Seguro que has pensado que conoces despachos de abogados, dentistas o arquitectos que tienen su oficina en un piso, por lo que deducirás que es algo legal. Lo cierto es que dependerá de una serie de factores, pero sí que es cierto que será posible en el caso de que se cumpla con los requisitos de los que hablaremos a continuación.

¿Qué tengo que saber para abrir un negocio en mi comunidad de vecinos?

Se tiene que consultar la Ley de Propiedad Horizontal, de tal forma que encontremos información sobre lo que se permite y de qué forma se debe convertir una vivienda en un local.

¿Qué nos dice la Ley de Propiedad Horizontal?

Dicha ley, cuando se habla de negocio, no los prohíbe, pero sí que hay una serie de excepciones, puesto que no se pueden dedicar al alquiler turístico y al sector de la hostelería. Lo que debes tener claro es que, como es lógico, están prohibidas las actividades que vayan a suponer molestias para los vecinos de la comunidad.

Los Estatutos de la Comunidad de Propietarios

Conviene también consultar lo que digan los Estatutos de la Comunidad de Propietarios, puesto que pueden llegar a limitar algunas de las actividades permitidas dentro de los locales y viviendas con que cuente el edificio. Debes saber que es posible prohibir la actividad comercial en un piso, aunque no se podrá prohibir a posteriori en los estatutos, como nos comenta la organización colegiada de dentistas de España, Consejo Dentistas, que son amplios conocedores de estos temas por la gran cantidad de clínicas dentales que hay en las comunidades en nuestro país.

¿Cómo se monta el negocio en la vivienda?

Se deben seguir unos pasos para hacerlo dentro de la legalidad y que luego no se tengan problemas. La actividad a desarrollar deberá estar limitada a realizarla en un entorno residencial, de tal forma que no tenga riesgos para los vecinos y donde se cumpla con las leyes en materia de higiene.

  1. Pedir permiso a la comunidad de vecinos: se deberá saber si los estatutos de la Comunidad de Propietarios permiten que haya negocios dentro de la misma. Pese a que la Ley de Protección Horizontal dice que cada propietario en la vivienda puede hacer lo que desea, lo mejor es solicitarlo. Hay que tener en cuenta que los clientes del negocio deben poder acceder a las zonas comunes y utilizar los bienes y servicios de la comunidad, caso de la portería o el ascensor, por lo que es fundamental pedir permiso. Normalmente, se paga algo más respecto de la cuota de participación en la finca, para compensar los gastos extras que se producen en las zonas comunes.
  2. Pedir permiso al Ayuntamiento: una vez contemos con el permiso de la comunidad de vecinos, se solicitará una licencia de apertura. Con ella se entregará la escritura del inmueble, sus planos y una memoria que indicará que el negocio estará en una zona residencial.
  3. Dar de alta el negocio: el paso final es registrarlo en el Registro de la Propiedad. De la misma forma, se inscribirá la actividad en Hacienda, con el IAE del ayuntamiento en cuestión.

¿Qué sucede si estoy alquilado y no soy propietario del piso?

Lo primero que deberás hacer es solicitar permiso al propietario. Eso sí, deberás decir desde un primer momento el uso que le querrás dar a la vivienda. Cuando lo tengas, tendrás que realizar los pasos anteriormente descritos que deben hacer los propietarios de la vivienda.

En resumidas cuentas…

Debes tener claro que, si quieres montar un negocio, en una comunidad de propietarios, tienes que pedir permiso a la comunidad, contar con licencia de apertura y que el negocio esté dado de alta en todos los registros legales que correspondan. Lo cierto es que este tipo de negocios suelen ser más habituales de lo que pensamos y suelen funcionar bastante bien, siendo, eso sí, en su mayoría, clínicas dentales y de salud, despachos profesionales, de abogados, notarios o de arquitectos.

Deseamos que, después de haberte detallado todos estos pasos, cuentes ya la información necesaria para saber si puede encajar esta posibilidad para montar tu negocio en una comunidad de vecinos. Aunque hay que pasar por una serie de pasos de forma obligada, la burocracia también está presente en la apertura de otros negocios en otras ubicaciones, por lo que no debe frenarte en tu emprendimiento. ¡Suerte con ello!

 

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